Ley organica (solo castigos alumnos): DESCARGAR CASTIGOS
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CAPÍTULO II
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
Artículo 234.- Clasificación de las faltas disciplinarias. Las faltas
disciplinarias en las que incurre el personal militar en formación son:
1. Faltas leves;
2. Faltas graves;
3. Faltas muy graves; y,
4. Faltas atentatorias.
Todas las sanciones disciplinarias, llevan consigo la correspondiente valoración
en puntaje que afectan a la calificación de conducta, de conformidad con el
reglamento respectivo.
Artículo 235.- Faltas leves. Se consideran faltas leves del personal militar en
formación, las siguientes:
1. Almacenar artículos o alimentos en lugares no autorizados o poseer
objetos no autorizados;
2. Atrasarse hasta con cinco minutos a las formaciones y actividades
establecidas en el horario de régimen interno;
3. Consumir alimentos o encontrarse en lugares u horarios no autorizados;
4. Conceder permisos indebidos para asuntos de poca importancia;
5. Dar mal un parte en las actividades de la escuela;
6. Demostrar malos hábitos de higiene o mantener el tendido, el mueble de
cama o litera bajo su responsabilidad en estado de desaseo;
7. Dormirse en clases, instrucción o demostrar negligencia o desidia en sus
actividades diarias;
8. Escribir frases o hacer dibujos en las paredes, mobiliario y más bienes
de la escuela siempre que no constituya falta grave;
9. Estar mal uniformado en actos de servicio o fuera de ellos;
10. Hablar o moverse en fila sin solicitar permiso;
11. Incumplir un ejercicio físico, orden, consigna, actividad, tarea o trabajo;
12. Incumplir con las obligaciones y funciones asignadas o adicionales
establecidas por parte de la escuela, en el caso del Cuerpo de Brigadieres,
Comandante de Curso o Semanero;
13. Manchar o ensuciar paredes, muebles, aulas y demás bienes del Estado
o de particulares en actos del servicio, sin perjuicio de su reposición o
arreglo;
14. No acudir con presteza al llamado de un superior;
15. No adoptar la posición de firmes, al paso de una formación armada;
16. No colocar la placa de identificación personal asignada en dormitorios,
camarotes, literas, casilleros u otros enseres asignados;
17. No conocer el número de identificación personal o la serie del armamento
asignado;
18. No conocer el santo y seña o contraseña, salvo cuando configure falta
grave;
19. No dar aviso militarmente de la presencia de una o un superior;
20. No dar parte al superior del cumplimiento de una orden en asuntos
rutinarios;
21. No identificarse ante una o un superior cuando fuere requerido;
22. No informar de procesos judiciales en los que se encuentre involucrado;
23. No mantener actualizado su libro de vuelo, bitácoras, registros de
instrucción o demás documentación bajo su responsabilidad;
24. No mantener la debida compostura militar del personal bajo su mando;
25. No observar la cortesía militar ante la presencia de una o un superior o
no pedir permiso para continuar, dentro o fuera de la escuela;
26. No pedir permiso para entrar o salir de una dependencia o formación;
27. No poner la basura en su lugar;
28. No presentarse correctamente ante una o un superior en la escuela, en
unidades o repartos militares;
29. No reportar los daños encontrados en instalaciones y demás bienes de la
escuela, o no reportarlos de manera inmediata;
30. No tener los útiles de limpieza o aseo personal completos;
31. No hacer respetar la jerarquía militar entre las subordinadas y los
subordinados o hacer demostraciones de familiaridad entre aspirantes o
con miembros de las Fuerzas Armadas, servidores o trabajadores
públicos de la Escuela, utilizando el uniforme;
32. No observar las normas establecidas en el Reglamento de Honores y
Ceremonial Militar o Ceremonial Marítimo;
33. No mantener las prendas o equipo marcadas o mantenerlas marcadas
indebidamente u ordenadas en lugares no designados para el efecto;
34. No tener o tener incompleto, material académico, prendas o uniformes
reglamentarios;
35. Pasar mal la revista de aseo, uniforme, presentación personal,
armamento o áreas asignadas;
36. Pasar inapropiadamente una consigna recibida;
37. Practicar cualquier tipo de actividad en lugares no destinados o
autorizados para ese fin;
38. Utilizar terminología no autorizada en las comunicaciones militares; o,
ademanes, gestos, signos o palabras obscenas en público;
39. Tomar asiento en presencia de una o un superior, sin tener autorización;
40. Usar prendas o equipo pertenecientes a otros aspirantes; y,
41. Utilizar o poseer medicamentos que requieran prescripción médica, sin
conocimiento de la unidad médica militar.
Artículo 236.- Faltas graves. Se consideran faltas graves del personal militar
en formación, las siguientes:
1. Abandonar la plaza sin la autorización correspondiente;
2. Acudir a una unidad de salud sin autorización, siempre que no sea por
una emergencia;
3. Adherirse cualquier tipo de objeto extraño al cuerpo;
4. Asegurar las puertas de los lugares donde las y los aspirantes comparten
actividades conjuntas;
5. Atrasarse a horarios establecidos durante el cumplimiento de comisiones
fuera de la escuela o viajes de instrucción, ceremonias militares o
actividad social de carácter institucional;
6. Atrasarse a la recogida de vacaciones hasta con una hora;
7. Atrasarse con más de cinco minutos a las actividades establecidas en el
horario de régimen y comisiones internos;
8. Atrasarse a la recogida de francos, permisos y salidas especiales hasta
con hasta treinta minutos;
9. Atrasarse a la recogida de vacaciones con hasta con una hora;
10. Atribuirse privilegios que no le corresponden;
11. Cambiarse de dormitorio o camarote sin autorización;
12. Conducir al personal a su mando de forma negligente poniendo en riesgo
a su personal o así mismo;
13. Dedicarse a actividades ajenas al servicio, vistiendo el uniforme;
14. Conservar prendas personales en mal estado o desaseo;
15. Desautorizar a un aspirante en presencia de un menos antiguo;
16. Descansar o dormir en lugares y horarios no autorizados;
17. Descuidar el entrenamiento y preparación del personal bajo su mando;
18. Descuidar su preparación y condición física por razones imputables a sí
mismo;
19. Descuidar el mantenimiento del material, equipo o armamento entregado
por la escuela;
20. Dirigirse a una subordinada o un subordinado, docente, servidor o
trabajador público empleando sobrenombres o usando términos
ofensivos;
21. En zafarrancho o guardia no ocupar con oportunidad el puesto asignado
o presentarse sin el equipo o armamento reglamentario;
22. Engañar en la elaboración de trabajos académicos o para no asistir a
clases o abandonar estas;
23. Escribir frases obscenas o de odio, o hacer dibujos pornográficos en las
paredes, mobiliario y más bienes de la escuela;
24. Efectuar cambios injustificados o no autorizados en la ejecución de un
ejercicio o instrucción; o, para el servicio de guardia o diferentes
comisiones;
25. Efectuar publicaciones o declaraciones en los medios de comunicación o
redes sociales, relacionadas con las actividades de la formación militar o
actos del servicio, sin la correspondiente autorización;
26. Ejecutar toques de trompeta, pito, sirena u otras señales que produzcan
alarma, sin justificación;
27. Evadir el cumplimiento de una comisión, el régimen interno, rutinas de
aseo, instrucción o clases académicas;
28. Faltar a la instrucción militar injustificadamente;
29. Fumar vistiendo uniforme en espacios públicos, institucionales, privados
o en el interior de la escuela o unidad militar;
30. Gestionar una recalificación sin observar el procedimiento establecido
para ello;
31. Poseer o ingresar bebidas alcohólicas dentro de la escuela o unidad
militar;
32. Haber sido expulsado de clases por razones que lo justifiquen;
33. Hacer uso indebido de las tecnologías de la información y comunicación
dentro de la escuela o de un reparto militar; o utilizar los medios de
comunicación militar no previstos para los aspirantes, sin autorización;
34. Hacer uso indebido de la tarjeta de identificación militar dentro o fuera
de la escuela o reparto militar; o no realizar el trámite legal respectivo en
caso de pérdida o sustracción de esta, dentro del plazo reglamentario
establecido;
35. Impedir o alterar el consumo de rancho;
36. Incumplir con las deudas económicas adquiridas dentro de la escuela o
unidades militares;
37. Incumplir el órgano regular para dirigirse a una o un superior o la orden
de presentación de una o un superior;
38. Incumplir con las normas establecidas por una unidad de salud militar;
39. Incumplir un tratamiento o cita médicos sin justificación;
40. Infringir las normas establecidas para rendir exámenes o cualquier tipo
de evaluación;
41. Ingresar a las áreas restringidas para los aspirantes, sin la debida
autorización;
42. Ingresar a dependencias o lugares destinados para aspirantes del sexo
opuesto sin autorización o sin seguir el procedimiento establecido;
43. Inobservar las leyes y reglamentos de tránsito en el caso de conducir un
vehículo; o como peatón vistiendo uniforme, que comprometan o
menoscaben la imagen de la escuela;
44. Inobservar o no hacer cumplir las medidas de seguridad en actividades
militares que impliquen riesgo para las personas o material;
45. Interferir o interceder en la imposición de una sanción disciplinaria o en
la ejecución de esta;
46. Interrumpir arbitrariamente actividades de estudio o descanso de una o
un aspirante menos antiguo;
47. Llamar la atención o disponer la ejecución de ejercicios físicos usando
términos impropios;
48. Mentir en asuntos relacionados con el servicio;
49. No concurrir estando enfermo a recibir atención médica;
50. No conocer el santo y seña o contraseña encontrándose de guardia;
51. Negarse a cumplir o no cumplir una sanción impuesta por el
cometimiento de una falta leve;
52. No dar parte a un superior de novedades que tengan que ver con la
actitud o mal comportamiento de los aspirantes;
53. No dar parte de inmediato, al conocer de cualquier enfermedad o lesión
de otro aspirante;
54. No dar parte de situaciones de peligro en la ejecución de un ejercicio o
instrucción;
55. No presentarse a la exposición de una orden de operaciones o ausentarse
de la misma sin autorización;
56. No informar inmediatamente sobre dinero, artículos u objetos de valor
que encontrare dentro de la escuela;
57. No presentarse a la escuela dentro de las veinte y cuatro horas siguientes
de haber sido informado de la suspensión de las vacaciones, comisión o
permiso;
58. No presentarse a una formación sin justificación;
59. No presentarse a la o el superior militar de la plaza donde va a hacer uso
del periodo de vacaciones;
60. No presentarse a la o el superior respectivo de acuerdo con el órgano
regular establecido, una vez cumplida una sanción impuesta;
61. No presentarse o comunicar al superior respectivo antes de salir y
terminar el permiso especial, comisión o descanso médico;
62. No prestar colaboración con el personal militar enfermo o accidentado,
dentro o fuera de la escuela;
63. No reincorporarse inmediatamente al régimen establecido por la escuela
luego de haber sido dado de alta médica;
64. Observar las actividades intimas o vulnerar la intimidad de los
aspirantes;
65. Operar medios terrestres, navales o aéreos, habiendo ingerido
medicamentos que requieran prescripción médica sin tenerla;
66. Otorgar privilegios que no les corresponden a los subordinados o
disponer actividades que no tienen relación con el servicio militar;
67. Participar o inducir a realizar reclamos colectivos;
68. Poseer bebidas alcohólicas dentro de la escuela, unidad militar o estando
de comisión;
69. Poseer o acceder a material pornográfico dentro de la escuela o repartos
militares;
70. Presentarse a la instrucción o entrenamiento sin el equipo o armamento
reglamentario o con armamento o equipo que no le corresponda para el
servicio;
71. Promover negocios en la escuela en beneficio personal o de terceros;
72. Recibir visitas sin autorización;
73. Recibir, exigir o dar obsequios, dádivas o recompensas en beneficio
personal por asuntos relacionados con la formación o actos de servicio.
74. Realizar, entre aspirantes, algún tipo de manifestación afectiva de pareja,
tales como abrazos, besos, entrelazar manos o brazos, estando
uniformados, dentro o fuera de la Institución;
75. Tener en su poder pasquines y no informar a la o el superior;
76. Tomar arbitrariamente el nombre de un superior o atribuciones que no
le corresponden;
77. Usar su condición de más antiguo para tomar represalias por asuntos
personales; y,
78. Usar vestimenta civil sin autorización.
Artículo 237.- Faltas muy graves. Se consideran faltas muy graves del
personal militar en formación, las siguientes:
1. Abandonar el país sin la autorización correspondiente;
2. Abandonar sin autorización las unidades de salud cuando asiste a
tratamiento médico o no presentarse a entidades o centros de salud
cuando ha sido transferido a estos, para recibir tratamientos médicos o
psicológicos;
3. Acudir ante autoridades o personas ajenas, con el objeto de intentar que
se modifiquen las decisiones de las autoridades de la escuela, excepto
cuando se trate de planteamiento de un recurso administrativo o judicial;
4. Alterar deliberadamente órdenes o consignas impartidas por una o un
superior;
5. Atrasarse a la recogida de francos, permisos y salidas especiales con más
de treinta minutos;
6. Atrasarse a la recogida de vacaciones con más de una hora;
7. Atrasarse a la salida de buses, aviones u otros medios de transporte en
el cumplimiento de comisiones nacionales o internacionales;
8. Autoinfligirse o provocarse una enfermedad para eludir una sanción o
actividades del servicio;
9. Coaccionar o intimidar al personal militar o aspirantes, valiéndose de
información o de su condición, para obtener ventaja o réditos en beneficio
personal o de terceros;
10. Conducir vehículos pertenecientes a la Institución dentro o fuera de la
escuela sin autorización;
11. Demostrar negligencia o imprudencia en el manejo de embarcaciones,
vehículos o aeronaves;
12. Descuido o negligencia en la custodia de material bélico y más prendas o
bienes del Estado;
13. Dormirse encontrándose en el turno de guardia;
14. Elevar informes falsos;
15. Emplear personal, equipo, uniformes, materiales, medios de transporte,
enseres de la escuela, en forma contraria a los reglamentos para beneficio
personal o de terceros;
16. Emplear términos, ademanes, gestos o expresiones descorteses al
dirigirse a una o un superior, sea verbalmente o por escrito, que tiendan
a disminuir su autoridad o respeto;
17. Encontrándose uniformado, asistir a centros de tolerancia o realizar
escándalos en lugares públicos;
18. Excederse en la imposición de sanciones;
19. Exhibirse en ropa interior o semidesnudo fuera de los dormitorios,
camarotes, entrepuentes o piezas asignadas;
20. Exigir a las o los subordinados préstamos de dinero, prendas o
contribuciones;
21. Generar, difundir o proyectar material pornográfico;
22. Hacer proselitismo político o ser militante, afiliado o auspiciante de un
grupo, movimiento o partido político;
23. Hacer uso de uniformes, insignias, condecoraciones o distintivos que no
le correspondan;
24. Incentivar o participar en actividades ilícitas de captación de dinero,
valores, prendas y artículos;
25. Incitar a los subordinados al cometimiento de una falta disciplinaria;
26. Incumplir órdenes o regulaciones de la escuela con consecuencias
graves;
27. Incurrir en acciones u omisiones atribuibles a negligencia, imprudencia
o inobservancia de normas de seguridad aplicables a un ejercicio,
operación o instrucción, afectando su cumplimiento o causando daños y
perjuicios a las personas o los bienes;
28. Inducir a las o los subordinados a que declaren contra la verdad o que
eleven partes falsos relacionados con el servicio;
29. Ingresar a dormitorios, camarotes, entrepuentes o piezas destinados para
aspirantes o instructores del sexo opuesto, sin la debida autorización o
sin seguir el procedimiento establecido;
30. Interferir o acceder a la correspondencia institucional o de terceras
personas;
31. Llevar a bordo de medios terrestres, navales o aéreos institucionales a
personas o carga no autorizadas;
32. Negarse a cumplir, no cumplir o cumplir de manera incorrecta una
sanción por una falta grave;
33. No acatar las disposiciones impartidas por la Policía Militar o personal de
seguridad o de guardia;
34. No concurrir a la escuela o a la unidad militar más cercana, en caso de
decretarse estado de excepción en todo o parte del territorio nacional,
habiéndose activado el plan de recogida de francos;
35. No dar cumplimiento por negligencia a disposiciones, consignas o
normas reglamentarias, ocasionando daños a personas o bienes de la
Institución, sin perjuicio de su pago, reposición o arreglo;
36. No dar parte inmediato al conocer de información referente al contenido
de exámenes, pruebas o evaluaciones previa a su realización.
37. No informar al instructor sobre novedades encontradas durante el
chequeo de medios aéreos, terrestres o navales antes y después de
realizar un ejercicio o instrucción;
38. No participar en actos castrenses y ceremonias militares sin la debida
justificación;
39. No retornar a la escuela injustificadamente una vez concluida la
comisión;
40. Obstaculizar el órgano regular para el trámite de solicitudes verbales o
escritas elevadas por las subordinadas o los subordinados;
41. Ocultar o cambiar el nombre, función o no identificarse como aspirante
cuando fuere preguntado por una o un superior, con el objeto de evadir
responsabilidades;
42. Ocultar o no dar parte del descanso médico u ocultar una enfermedad
infectocontagiosa;
43. Ordenar acciones o ejercicios físicos que pongan en peligro la salud o
condición física de la o el aspirante;
44. Permitir el ingreso de personas extrañas a la escuela sin la respectiva
autorización o sin observar los procedimientos de seguridad;
45. Poseer material, impartir o participar en actividades tendientes a efectuar
adoctrinamiento militar fuera de la escuela de formación;
46. Practicarse cirugías sin la autorización respectiva, siempre que no se
trate de un caso de emergencia;
47. Presentar quejas infundadas o falsas contra la actuación o conducta de
un superior;
48. Presentarse a las escuelas o a las comisiones de servicio con síntomas o
manifestaciones de haber ingerido bebidas alcohólicas o consumido
sustancias estupefacientes sujetas a fiscalización;
49. Provocar algazaras o escándalos en las instalaciones de la escuela o
durante el cumplimiento de comisiones de servicio;
50. Realizar actividad física encontrándose con descanso médico;
51. Realizar demostraciones afectivas de pareja vistiendo el uniforme con
personal militar, docentes o servidores públicos de Fuerzas Armadas
dentro de la escuela;
52. Realizar, permitir o exigir apuestas, rifas o sorteos;
53. Ser responsable de un accidente ocasionado por negligencia en el
cumplimiento de sus funciones;
54. Tener o portar armas particulares que no forman parte del equipo para
la instrucción militar dentro o fuera de la escuela;
55. Incurrir en prácticas de deshonestidad académica o utilizar sin
autorización o en forma impropia ayudas a la instrucción o material
didáctico; y,
56. Vulnerar seguridades de los medios informáticos pertenecientes a la
escuela.
Artículo 238.- Faltas atentatorias. Se consideran faltas atentatorias del
personal militar en formación, las siguientes:
1. Abandonar el servicio de guardia o no presentarse a este;
2. Abandonar las instalaciones de la escuela, unidad o reparto militar sin
la debida autorización;
3. Alterar muestras de laboratorio, exámenes médicos o documentos de
cualquier tipo de evaluación médica;
4. Alterar, dañar, desaparecer o sustraer documentos oficiales o
información perteneciente a la escuela;
5. Destruir deliberadamente prendas y demás bienes del Estado, de
miembros de personal relacionadas con la Institución o de particulares,
encontrándose en actos del servicio, sin perjuicio de su reposición o pago;
6. Efectuar publicaciones o declaraciones en los medios de comunicación o
redes sociales, contrarios a la disciplina militar, cuestionando, de manera
infundada, las disposiciones o normas institucionales, la conducta de
una o un superior; por sí sólo, valiéndose de seudónimos o tomando el
nombre de terceras personas;
7. Encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o de sustancias
catalogadas sujetas a fiscalización, dentro de la escuela, unidad militar,
guardia o lugares en los que se realizan actividades relacionadas con el
servicio;
8. Engañar en la realización de pruebas físicas o cualquier tipo de
evaluación;
9. Forzar seguridades de bienes muebles e inmuebles de la Institución;
10. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir sustancias catalogadas sujetas a
fiscalización, dentro de la escuela, unidad militar, guardia o lugares en
los que se realizan actividades relacionadas con el servicio;
11. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir sustancias estupefacientes en
espacios públicos o institucionales utilizando el uniforme;
12. Inasistir, de manera injustificada, a la escuela de formación por más de
un día;
13. Obstruir o destruir servicios de agua potable, canalización, climatización,
ventilación o cualquier otro servicio destinado para el aseo, limpieza o
alimentación; sin perjuicio de la reparación, reposición o habilitación;
14. Obtener o proporcionar información referente al contenido de exámenes,
pruebas o evaluaciones previa a su realización;
15. Poseer medios o utilizar métodos fraudulentos durante la ejecución de
un examen o cualquier evaluación;
16. Poseer sustancias catalogadas sujetas a fiscalización dentro de la
escuela, unidad militar o estando en comisión;
17. Realizar actos de manifiesta violencia o indisciplina sea de obra, palabra
o por escrito, en contra de un superior o un subordinado;
18. Sacar de la escuela material, enseres, equipos o accesorios de propiedad
de la Institución sin la respectiva autorización;
19. Sacar sin autorización armamento de la escuela o de cualquier otra
unidad o reparto militar;
20. Ser negligente en el cumplimiento del servicio de guardia, ocasionando
daños materiales a la Institución o afectación a terceros;
21. Tener relaciones sexuales dentro de la escuela o unidades militares;
22. Tomar arbitrariamente o mantener en su poder dinero, prendas, especies
o cualquier otro objeto, que no sea de su propiedad; y,
23. Valerse del uniforme militar para cometer actos que atenten gravemente
contra el prestigio o imagen de la Institución.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
Artículo 234.- Clasificación de las faltas disciplinarias. Las faltas
disciplinarias en las que incurre el personal militar en formación son:
1. Faltas leves;
2. Faltas graves;
3. Faltas muy graves; y,
4. Faltas atentatorias.
Todas las sanciones disciplinarias, llevan consigo la correspondiente valoración
en puntaje que afectan a la calificación de conducta, de conformidad con el
reglamento respectivo.
Artículo 235.- Faltas leves. Se consideran faltas leves del personal militar en
formación, las siguientes:
1. Almacenar artículos o alimentos en lugares no autorizados o poseer
objetos no autorizados;
2. Atrasarse hasta con cinco minutos a las formaciones y actividades
establecidas en el horario de régimen interno;
3. Consumir alimentos o encontrarse en lugares u horarios no autorizados;
4. Conceder permisos indebidos para asuntos de poca importancia;
5. Dar mal un parte en las actividades de la escuela;
6. Demostrar malos hábitos de higiene o mantener el tendido, el mueble de
cama o litera bajo su responsabilidad en estado de desaseo;
7. Dormirse en clases, instrucción o demostrar negligencia o desidia en sus
actividades diarias;
8. Escribir frases o hacer dibujos en las paredes, mobiliario y más bienes
de la escuela siempre que no constituya falta grave;
9. Estar mal uniformado en actos de servicio o fuera de ellos;
10. Hablar o moverse en fila sin solicitar permiso;
11. Incumplir un ejercicio físico, orden, consigna, actividad, tarea o trabajo;
12. Incumplir con las obligaciones y funciones asignadas o adicionales
establecidas por parte de la escuela, en el caso del Cuerpo de Brigadieres,
Comandante de Curso o Semanero;
13. Manchar o ensuciar paredes, muebles, aulas y demás bienes del Estado
o de particulares en actos del servicio, sin perjuicio de su reposición o
arreglo;
14. No acudir con presteza al llamado de un superior;
15. No adoptar la posición de firmes, al paso de una formación armada;
16. No colocar la placa de identificación personal asignada en dormitorios,
camarotes, literas, casilleros u otros enseres asignados;
17. No conocer el número de identificación personal o la serie del armamento
asignado;
18. No conocer el santo y seña o contraseña, salvo cuando configure falta
grave;
19. No dar aviso militarmente de la presencia de una o un superior;
20. No dar parte al superior del cumplimiento de una orden en asuntos
rutinarios;
21. No identificarse ante una o un superior cuando fuere requerido;
22. No informar de procesos judiciales en los que se encuentre involucrado;
23. No mantener actualizado su libro de vuelo, bitácoras, registros de
instrucción o demás documentación bajo su responsabilidad;
24. No mantener la debida compostura militar del personal bajo su mando;
25. No observar la cortesía militar ante la presencia de una o un superior o
no pedir permiso para continuar, dentro o fuera de la escuela;
26. No pedir permiso para entrar o salir de una dependencia o formación;
27. No poner la basura en su lugar;
28. No presentarse correctamente ante una o un superior en la escuela, en
unidades o repartos militares;
29. No reportar los daños encontrados en instalaciones y demás bienes de la
escuela, o no reportarlos de manera inmediata;
30. No tener los útiles de limpieza o aseo personal completos;
31. No hacer respetar la jerarquía militar entre las subordinadas y los
subordinados o hacer demostraciones de familiaridad entre aspirantes o
con miembros de las Fuerzas Armadas, servidores o trabajadores
públicos de la Escuela, utilizando el uniforme;
32. No observar las normas establecidas en el Reglamento de Honores y
Ceremonial Militar o Ceremonial Marítimo;
33. No mantener las prendas o equipo marcadas o mantenerlas marcadas
indebidamente u ordenadas en lugares no designados para el efecto;
34. No tener o tener incompleto, material académico, prendas o uniformes
reglamentarios;
35. Pasar mal la revista de aseo, uniforme, presentación personal,
armamento o áreas asignadas;
36. Pasar inapropiadamente una consigna recibida;
37. Practicar cualquier tipo de actividad en lugares no destinados o
autorizados para ese fin;
38. Utilizar terminología no autorizada en las comunicaciones militares; o,
ademanes, gestos, signos o palabras obscenas en público;
39. Tomar asiento en presencia de una o un superior, sin tener autorización;
40. Usar prendas o equipo pertenecientes a otros aspirantes; y,
41. Utilizar o poseer medicamentos que requieran prescripción médica, sin
conocimiento de la unidad médica militar.
Artículo 236.- Faltas graves. Se consideran faltas graves del personal militar
en formación, las siguientes:
1. Abandonar la plaza sin la autorización correspondiente;
2. Acudir a una unidad de salud sin autorización, siempre que no sea por
una emergencia;
3. Adherirse cualquier tipo de objeto extraño al cuerpo;
4. Asegurar las puertas de los lugares donde las y los aspirantes comparten
actividades conjuntas;
5. Atrasarse a horarios establecidos durante el cumplimiento de comisiones
fuera de la escuela o viajes de instrucción, ceremonias militares o
actividad social de carácter institucional;
6. Atrasarse a la recogida de vacaciones hasta con una hora;
7. Atrasarse con más de cinco minutos a las actividades establecidas en el
horario de régimen y comisiones internos;
8. Atrasarse a la recogida de francos, permisos y salidas especiales hasta
con hasta treinta minutos;
9. Atrasarse a la recogida de vacaciones con hasta con una hora;
10. Atribuirse privilegios que no le corresponden;
11. Cambiarse de dormitorio o camarote sin autorización;
12. Conducir al personal a su mando de forma negligente poniendo en riesgo
a su personal o así mismo;
13. Dedicarse a actividades ajenas al servicio, vistiendo el uniforme;
14. Conservar prendas personales en mal estado o desaseo;
15. Desautorizar a un aspirante en presencia de un menos antiguo;
16. Descansar o dormir en lugares y horarios no autorizados;
17. Descuidar el entrenamiento y preparación del personal bajo su mando;
18. Descuidar su preparación y condición física por razones imputables a sí
mismo;
19. Descuidar el mantenimiento del material, equipo o armamento entregado
por la escuela;
20. Dirigirse a una subordinada o un subordinado, docente, servidor o
trabajador público empleando sobrenombres o usando términos
ofensivos;
21. En zafarrancho o guardia no ocupar con oportunidad el puesto asignado
o presentarse sin el equipo o armamento reglamentario;
22. Engañar en la elaboración de trabajos académicos o para no asistir a
clases o abandonar estas;
23. Escribir frases obscenas o de odio, o hacer dibujos pornográficos en las
paredes, mobiliario y más bienes de la escuela;
24. Efectuar cambios injustificados o no autorizados en la ejecución de un
ejercicio o instrucción; o, para el servicio de guardia o diferentes
comisiones;
25. Efectuar publicaciones o declaraciones en los medios de comunicación o
redes sociales, relacionadas con las actividades de la formación militar o
actos del servicio, sin la correspondiente autorización;
26. Ejecutar toques de trompeta, pito, sirena u otras señales que produzcan
alarma, sin justificación;
27. Evadir el cumplimiento de una comisión, el régimen interno, rutinas de
aseo, instrucción o clases académicas;
28. Faltar a la instrucción militar injustificadamente;
29. Fumar vistiendo uniforme en espacios públicos, institucionales, privados
o en el interior de la escuela o unidad militar;
30. Gestionar una recalificación sin observar el procedimiento establecido
para ello;
31. Poseer o ingresar bebidas alcohólicas dentro de la escuela o unidad
militar;
32. Haber sido expulsado de clases por razones que lo justifiquen;
33. Hacer uso indebido de las tecnologías de la información y comunicación
dentro de la escuela o de un reparto militar; o utilizar los medios de
comunicación militar no previstos para los aspirantes, sin autorización;
34. Hacer uso indebido de la tarjeta de identificación militar dentro o fuera
de la escuela o reparto militar; o no realizar el trámite legal respectivo en
caso de pérdida o sustracción de esta, dentro del plazo reglamentario
establecido;
35. Impedir o alterar el consumo de rancho;
36. Incumplir con las deudas económicas adquiridas dentro de la escuela o
unidades militares;
37. Incumplir el órgano regular para dirigirse a una o un superior o la orden
de presentación de una o un superior;
38. Incumplir con las normas establecidas por una unidad de salud militar;
39. Incumplir un tratamiento o cita médicos sin justificación;
40. Infringir las normas establecidas para rendir exámenes o cualquier tipo
de evaluación;
41. Ingresar a las áreas restringidas para los aspirantes, sin la debida
autorización;
42. Ingresar a dependencias o lugares destinados para aspirantes del sexo
opuesto sin autorización o sin seguir el procedimiento establecido;
43. Inobservar las leyes y reglamentos de tránsito en el caso de conducir un
vehículo; o como peatón vistiendo uniforme, que comprometan o
menoscaben la imagen de la escuela;
44. Inobservar o no hacer cumplir las medidas de seguridad en actividades
militares que impliquen riesgo para las personas o material;
45. Interferir o interceder en la imposición de una sanción disciplinaria o en
la ejecución de esta;
46. Interrumpir arbitrariamente actividades de estudio o descanso de una o
un aspirante menos antiguo;
47. Llamar la atención o disponer la ejecución de ejercicios físicos usando
términos impropios;
48. Mentir en asuntos relacionados con el servicio;
49. No concurrir estando enfermo a recibir atención médica;
50. No conocer el santo y seña o contraseña encontrándose de guardia;
51. Negarse a cumplir o no cumplir una sanción impuesta por el
cometimiento de una falta leve;
52. No dar parte a un superior de novedades que tengan que ver con la
actitud o mal comportamiento de los aspirantes;
53. No dar parte de inmediato, al conocer de cualquier enfermedad o lesión
de otro aspirante;
54. No dar parte de situaciones de peligro en la ejecución de un ejercicio o
instrucción;
55. No presentarse a la exposición de una orden de operaciones o ausentarse
de la misma sin autorización;
56. No informar inmediatamente sobre dinero, artículos u objetos de valor
que encontrare dentro de la escuela;
57. No presentarse a la escuela dentro de las veinte y cuatro horas siguientes
de haber sido informado de la suspensión de las vacaciones, comisión o
permiso;
58. No presentarse a una formación sin justificación;
59. No presentarse a la o el superior militar de la plaza donde va a hacer uso
del periodo de vacaciones;
60. No presentarse a la o el superior respectivo de acuerdo con el órgano
regular establecido, una vez cumplida una sanción impuesta;
61. No presentarse o comunicar al superior respectivo antes de salir y
terminar el permiso especial, comisión o descanso médico;
62. No prestar colaboración con el personal militar enfermo o accidentado,
dentro o fuera de la escuela;
63. No reincorporarse inmediatamente al régimen establecido por la escuela
luego de haber sido dado de alta médica;
64. Observar las actividades intimas o vulnerar la intimidad de los
aspirantes;
65. Operar medios terrestres, navales o aéreos, habiendo ingerido
medicamentos que requieran prescripción médica sin tenerla;
66. Otorgar privilegios que no les corresponden a los subordinados o
disponer actividades que no tienen relación con el servicio militar;
67. Participar o inducir a realizar reclamos colectivos;
68. Poseer bebidas alcohólicas dentro de la escuela, unidad militar o estando
de comisión;
69. Poseer o acceder a material pornográfico dentro de la escuela o repartos
militares;
70. Presentarse a la instrucción o entrenamiento sin el equipo o armamento
reglamentario o con armamento o equipo que no le corresponda para el
servicio;
71. Promover negocios en la escuela en beneficio personal o de terceros;
72. Recibir visitas sin autorización;
73. Recibir, exigir o dar obsequios, dádivas o recompensas en beneficio
personal por asuntos relacionados con la formación o actos de servicio.
74. Realizar, entre aspirantes, algún tipo de manifestación afectiva de pareja,
tales como abrazos, besos, entrelazar manos o brazos, estando
uniformados, dentro o fuera de la Institución;
75. Tener en su poder pasquines y no informar a la o el superior;
76. Tomar arbitrariamente el nombre de un superior o atribuciones que no
le corresponden;
77. Usar su condición de más antiguo para tomar represalias por asuntos
personales; y,
78. Usar vestimenta civil sin autorización.
Artículo 237.- Faltas muy graves. Se consideran faltas muy graves del
personal militar en formación, las siguientes:
1. Abandonar el país sin la autorización correspondiente;
2. Abandonar sin autorización las unidades de salud cuando asiste a
tratamiento médico o no presentarse a entidades o centros de salud
cuando ha sido transferido a estos, para recibir tratamientos médicos o
psicológicos;
3. Acudir ante autoridades o personas ajenas, con el objeto de intentar que
se modifiquen las decisiones de las autoridades de la escuela, excepto
cuando se trate de planteamiento de un recurso administrativo o judicial;
4. Alterar deliberadamente órdenes o consignas impartidas por una o un
superior;
5. Atrasarse a la recogida de francos, permisos y salidas especiales con más
de treinta minutos;
6. Atrasarse a la recogida de vacaciones con más de una hora;
7. Atrasarse a la salida de buses, aviones u otros medios de transporte en
el cumplimiento de comisiones nacionales o internacionales;
8. Autoinfligirse o provocarse una enfermedad para eludir una sanción o
actividades del servicio;
9. Coaccionar o intimidar al personal militar o aspirantes, valiéndose de
información o de su condición, para obtener ventaja o réditos en beneficio
personal o de terceros;
10. Conducir vehículos pertenecientes a la Institución dentro o fuera de la
escuela sin autorización;
11. Demostrar negligencia o imprudencia en el manejo de embarcaciones,
vehículos o aeronaves;
12. Descuido o negligencia en la custodia de material bélico y más prendas o
bienes del Estado;
13. Dormirse encontrándose en el turno de guardia;
14. Elevar informes falsos;
15. Emplear personal, equipo, uniformes, materiales, medios de transporte,
enseres de la escuela, en forma contraria a los reglamentos para beneficio
personal o de terceros;
16. Emplear términos, ademanes, gestos o expresiones descorteses al
dirigirse a una o un superior, sea verbalmente o por escrito, que tiendan
a disminuir su autoridad o respeto;
17. Encontrándose uniformado, asistir a centros de tolerancia o realizar
escándalos en lugares públicos;
18. Excederse en la imposición de sanciones;
19. Exhibirse en ropa interior o semidesnudo fuera de los dormitorios,
camarotes, entrepuentes o piezas asignadas;
20. Exigir a las o los subordinados préstamos de dinero, prendas o
contribuciones;
21. Generar, difundir o proyectar material pornográfico;
22. Hacer proselitismo político o ser militante, afiliado o auspiciante de un
grupo, movimiento o partido político;
23. Hacer uso de uniformes, insignias, condecoraciones o distintivos que no
le correspondan;
24. Incentivar o participar en actividades ilícitas de captación de dinero,
valores, prendas y artículos;
25. Incitar a los subordinados al cometimiento de una falta disciplinaria;
26. Incumplir órdenes o regulaciones de la escuela con consecuencias
graves;
27. Incurrir en acciones u omisiones atribuibles a negligencia, imprudencia
o inobservancia de normas de seguridad aplicables a un ejercicio,
operación o instrucción, afectando su cumplimiento o causando daños y
perjuicios a las personas o los bienes;
28. Inducir a las o los subordinados a que declaren contra la verdad o que
eleven partes falsos relacionados con el servicio;
29. Ingresar a dormitorios, camarotes, entrepuentes o piezas destinados para
aspirantes o instructores del sexo opuesto, sin la debida autorización o
sin seguir el procedimiento establecido;
30. Interferir o acceder a la correspondencia institucional o de terceras
personas;
31. Llevar a bordo de medios terrestres, navales o aéreos institucionales a
personas o carga no autorizadas;
32. Negarse a cumplir, no cumplir o cumplir de manera incorrecta una
sanción por una falta grave;
33. No acatar las disposiciones impartidas por la Policía Militar o personal de
seguridad o de guardia;
34. No concurrir a la escuela o a la unidad militar más cercana, en caso de
decretarse estado de excepción en todo o parte del territorio nacional,
habiéndose activado el plan de recogida de francos;
35. No dar cumplimiento por negligencia a disposiciones, consignas o
normas reglamentarias, ocasionando daños a personas o bienes de la
Institución, sin perjuicio de su pago, reposición o arreglo;
36. No dar parte inmediato al conocer de información referente al contenido
de exámenes, pruebas o evaluaciones previa a su realización.
37. No informar al instructor sobre novedades encontradas durante el
chequeo de medios aéreos, terrestres o navales antes y después de
realizar un ejercicio o instrucción;
38. No participar en actos castrenses y ceremonias militares sin la debida
justificación;
39. No retornar a la escuela injustificadamente una vez concluida la
comisión;
40. Obstaculizar el órgano regular para el trámite de solicitudes verbales o
escritas elevadas por las subordinadas o los subordinados;
41. Ocultar o cambiar el nombre, función o no identificarse como aspirante
cuando fuere preguntado por una o un superior, con el objeto de evadir
responsabilidades;
42. Ocultar o no dar parte del descanso médico u ocultar una enfermedad
infectocontagiosa;
43. Ordenar acciones o ejercicios físicos que pongan en peligro la salud o
condición física de la o el aspirante;
44. Permitir el ingreso de personas extrañas a la escuela sin la respectiva
autorización o sin observar los procedimientos de seguridad;
45. Poseer material, impartir o participar en actividades tendientes a efectuar
adoctrinamiento militar fuera de la escuela de formación;
46. Practicarse cirugías sin la autorización respectiva, siempre que no se
trate de un caso de emergencia;
47. Presentar quejas infundadas o falsas contra la actuación o conducta de
un superior;
48. Presentarse a las escuelas o a las comisiones de servicio con síntomas o
manifestaciones de haber ingerido bebidas alcohólicas o consumido
sustancias estupefacientes sujetas a fiscalización;
49. Provocar algazaras o escándalos en las instalaciones de la escuela o
durante el cumplimiento de comisiones de servicio;
50. Realizar actividad física encontrándose con descanso médico;
51. Realizar demostraciones afectivas de pareja vistiendo el uniforme con
personal militar, docentes o servidores públicos de Fuerzas Armadas
dentro de la escuela;
52. Realizar, permitir o exigir apuestas, rifas o sorteos;
53. Ser responsable de un accidente ocasionado por negligencia en el
cumplimiento de sus funciones;
54. Tener o portar armas particulares que no forman parte del equipo para
la instrucción militar dentro o fuera de la escuela;
55. Incurrir en prácticas de deshonestidad académica o utilizar sin
autorización o en forma impropia ayudas a la instrucción o material
didáctico; y,
56. Vulnerar seguridades de los medios informáticos pertenecientes a la
escuela.
Artículo 238.- Faltas atentatorias. Se consideran faltas atentatorias del
personal militar en formación, las siguientes:
1. Abandonar el servicio de guardia o no presentarse a este;
2. Abandonar las instalaciones de la escuela, unidad o reparto militar sin
la debida autorización;
3. Alterar muestras de laboratorio, exámenes médicos o documentos de
cualquier tipo de evaluación médica;
4. Alterar, dañar, desaparecer o sustraer documentos oficiales o
información perteneciente a la escuela;
5. Destruir deliberadamente prendas y demás bienes del Estado, de
miembros de personal relacionadas con la Institución o de particulares,
encontrándose en actos del servicio, sin perjuicio de su reposición o pago;
6. Efectuar publicaciones o declaraciones en los medios de comunicación o
redes sociales, contrarios a la disciplina militar, cuestionando, de manera
infundada, las disposiciones o normas institucionales, la conducta de
una o un superior; por sí sólo, valiéndose de seudónimos o tomando el
nombre de terceras personas;
7. Encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o de sustancias
catalogadas sujetas a fiscalización, dentro de la escuela, unidad militar,
guardia o lugares en los que se realizan actividades relacionadas con el
servicio;
8. Engañar en la realización de pruebas físicas o cualquier tipo de
evaluación;
9. Forzar seguridades de bienes muebles e inmuebles de la Institución;
10. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir sustancias catalogadas sujetas a
fiscalización, dentro de la escuela, unidad militar, guardia o lugares en
los que se realizan actividades relacionadas con el servicio;
11. Ingerir bebidas alcohólicas o consumir sustancias estupefacientes en
espacios públicos o institucionales utilizando el uniforme;
12. Inasistir, de manera injustificada, a la escuela de formación por más de
un día;
13. Obstruir o destruir servicios de agua potable, canalización, climatización,
ventilación o cualquier otro servicio destinado para el aseo, limpieza o
alimentación; sin perjuicio de la reparación, reposición o habilitación;
14. Obtener o proporcionar información referente al contenido de exámenes,
pruebas o evaluaciones previa a su realización;
15. Poseer medios o utilizar métodos fraudulentos durante la ejecución de
un examen o cualquier evaluación;
16. Poseer sustancias catalogadas sujetas a fiscalización dentro de la
escuela, unidad militar o estando en comisión;
17. Realizar actos de manifiesta violencia o indisciplina sea de obra, palabra
o por escrito, en contra de un superior o un subordinado;
18. Sacar de la escuela material, enseres, equipos o accesorios de propiedad
de la Institución sin la respectiva autorización;
19. Sacar sin autorización armamento de la escuela o de cualquier otra
unidad o reparto militar;
20. Ser negligente en el cumplimiento del servicio de guardia, ocasionando
daños materiales a la Institución o afectación a terceros;
21. Tener relaciones sexuales dentro de la escuela o unidades militares;
22. Tomar arbitrariamente o mantener en su poder dinero, prendas, especies
o cualquier otro objeto, que no sea de su propiedad; y,
23. Valerse del uniforme militar para cometer actos que atenten gravemente
contra el prestigio o imagen de la Institución.
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